LA GLORIFICACION
Ser glorificado es entrar en la gloria. Después de pasar por la regeneración, el pastoreo, la santificación de nuestro modo de ser, la renovación, la transformación, la edificación y la conformación a la imagen del Hijo primogénito de Dios, los creyentes son maduros y están calificados para ser arrebatados, y simplemente esperan el regreso del Señor. Cuando el Señor regrese, ellos entrarán en la gloria para disfrutar de la porción elevada de la filiación divina (Ro. 8:23). Por tanto, la glorificación es la extensión de la gloria de Cristo a partir de los creyentes al crecer ellos hasta llegar a la madurez en la vida de Cristo. Podemos decir que la glorificación es la manifestación de la gloria del Hijo primogénito de Dios desde nuestro interior, o que significa que entramos en la gloria (He. 2:10; 1 P. 5:10; 1 Ts. 2:12). Esta gloria es el Dios Triuno. Por consiguiente, entrar en la gloria es entrar en el Dios Triuno. Cuando todo nuestro ser entra en el Dios Triuno, somos glorificados. La glorificación también es el disfrute que los creyentes tienen de la redención de su cuerpo (Ro. 8:23; Ef. 4:30). Esto también es la máxima consumación de la obra salvadora completa que Dios efectúa en los creyentes. En ese momento, la obra orgánica de Dios se habrá terminado. La obra orgánica de Dios va de la regeneración a la glorificación, desde que Dios entra en el hombre hasta que éste es introducido de modo práctico en Dios. La regeneración significa que Dios entra en el hombre, mientras que la glorificación significa que el hombre entra en Dios. Por tanto, el hombre es totalmente mezclado y unido con Dios para expresar Su imagen. Esta es la glorificación. La máxima consumación de la obra salvadora completa de Dios es la Nueva Jerusalén: la cristalización de la unión y la mezcla de Dios con el hombre, es decir, el Dios Triuno procesado y consumado con Sus elegidos tripartitos, regenerados, transformados, conformados y glorificados.
La interrelación de la redención judicial
de Dios y Su salvación orgánica
Finalmente, queremos ver la interrelación que existe entre la obra redentora judicial de Dios y Su salvación orgánica. La obra redentora judicial de Dios y Su salvación orgánica tienen una relación estrecha. Cristo realizó la redención judicial en la tierra durante treinta y tres años y medio. El lleva a cabo la salvación orgánica desde Su resurrección y por la eternidad. La relación entre los dos consiste en que primero la redención judicial que Dios efectúa como procedimiento hace aptos a los creyentes y los lleva a la posición desde la cual pueden disfrutar la salvación orgánica que El realiza, y entrar en la gracia elevada de Dios para que se cumpla la economía eterna de Dios, lo cual conduce a Su propósito final.
En segundo lugar, judicialmente la iglesia de Dios fue producida por medio de la obra redentora judicial de Dios. Sin esta redención, la iglesia no podría haber sido producida, porque Hechos 20:28 dice que Dios compró, redimió, Su iglesia por medio de Su propia sangre. Por otro lado, orgánicamente la iglesia de Dios está constituida del pueblo que Dios regeneró en la vida divina. El aspecto orgánico produce el Cuerpo de Cristo (Ef. 1:22-23).
En tercer lugar, es necesario que nuestra experiencia de la salvación orgánica que Dios efectúa se mantenga constantemente por la redención judicial de Dios. Usted no debe decir que puesto que ha sido redimido judicialmente y por tanto ha entrado en la salvación orgánica, ya no tiene nada que ver con el aspecto judicial ni lo necesita. Esto no es cierto, pues todavía necesita la redención judicial efectuada de Dios. Es necesario que la salvación orgánica de Dios se mantenga constantemente por la redención judicial de Dios. Por ejemplo, cuando la comunión que tienen los creyentes con Dios se interrumpe por causa de sus pecados, esta necesita ser restaurada mediante la sangre redentora de Cristo. Por tanto, 1 Juan 1:6-9 dice que si pecamos, debemos confesar nuestros pecados delante de Dios y pedirle perdón; entonces Dios nos lavará de los pecados con la sangre de Cristo y restaurará nuestra comunión con El. Por consiguiente, en el sentido orgánico cuando nuestra comunión con Dios se interrumpe, esta tiene que ser restaurada por medio de la sangre redentora. Además, cuando se presenta ante Dios una acusación en contra de los creyentes por haber pecado éstos, Cristo el Redentor, en calidad de abogado de ellos tiene la responsabilidad de encargarse del caso de ellos en los cielos delante de Dios (1 Jn. 2:1-2). No debemos decir que puesto que estamos en la salvación orgánica ya no tenemos nada que ver con la redención. La redención sigue manteniéndonos porque es posible que a veces seamos débiles.
En cuarto lugar, la transfiguración final que se opera en el cuerpo de los creyentes para que entren en la gloria de Dios es la redención de su cuerpo (Ef. 4:30: Ro. 8:23). ¿Por qué en aquel entonces nuestro cuerpo todavía necesitará ser redimido? En aquel entonces habremos sido transformados a la imagen del Señor y estaremos a punto de ser arrebatados a la gloria, así que, ¿por qué nuestro cuerpo todavía necesitará ser redimido? Porque independientemente de cuán espirituales sean los creyentes o cuánta renovación o transformación tengan, el cuerpo de ellos todavía pertenece a la vieja creación y por tanto siguen necesitando la redención judicial de Dios a fin de recibir la salvación orgánica y ser transfigurados para entrar en la gloria (Fil. 3:21; Ro. 8:30). Nuestro arrebatamiento y nuestra transfiguración para entrar en la gloria son asuntos orgánicos, pero nuestro cuerpo sigue necesitando ser redimido. Por consiguiente, todavía existe la necesidad de la redención del cuerpo.
En quinto lugar, la redención judicial que Dios realiza como procedimiento, no tiene ninguna finalidad si no está presente Su salvación orgánica. El único fin de dicha obra es redimir a los pecadores, otorgarles el perdón de los pecados, hacerlos justos y justificarlos delante de Dios, pero este propósito no está muy claro para la mayoría de los creyentes, quienes erróneamente piensan que fueron regenerados con el fin de ir al cielo, y no se dan cuenta de que, según la revelación de las santas Escrituras, la redención judicial que Dios lleva a cabo como procedimiento tiene la finalidad de lograr la salvación orgánica, la cual consiste en regenerarnos, pastorearnos, santificarnos en nuestro modo de ser, renovarnos, transformarnos y edificarnos como Cuerpo de Cristo. Este Cuerpo es la máxima consumación de la Nueva Jerusalén, que es el propósito final de la salvación orgánica que Dios efectúa y Su agrandamiento y expresión por la eternidad.
(
Aspecto orgánico de la obra salvadora de Dios, El, capítulo 5, por Witness Lee)